La razón más importante para requerir los servicios de una buena
Asesoría en Madrid, es tener que presentar la
declaración de la renta a la que todas
las personas con diferentes rendimientos recibidos por cuenta propia o ajena, y que ejerzan cualquier actividad
Profesional o
Empresarial, están
OBLIGADOS a elaborar y presentar ante la
Agencia Tributaria, dicha declaración de renta, por lo que antes de hacerlo, es importante conocer todas sus obligaciones y responsabilidades, dentro de la consideración de obligado tributario, como persona física, profesional o empresario, lo cual un buen asesor fiscal en Madrid, como son los que tenemos en nuestro despacho, te asesoraran, informaran y recomendaran en todo momento, lo más conveniente y aconsejable para tus intereses y garantía del buen trabajo hecho, que te permita descansar con tranquilidad, al estar en las mejores manos de
auténticos profesionales como son nuestros asesores, sintiendo igualmente la plena confianza y seguridad de cumplir correctamente con tu compromiso y obligación sin ningún problema, o el miedo a poder recibir reclamaciones y requerimientos posteriores de la
Hacienda Pública, por haber cometido algún error o irregularidad en tu presentación de la Renta.
Para saber cómo elegir
al mejor Asesor, en nuestro
blog ya tienes algunos consejos, mientras que en este artículo nos centraremos en quiénes están obligados a presentar Declaración de la Renta, según la normativa tributaria del
ejercicio 2017, dentro de todas sus posibilidades a nivel individual o conjunta, así como plazos de presentación, y posibilidades de aplazamiento y fraccionamiento de su pago.
Obligados a presentar Declaración de la Renta para particulares o trabajadores con rendimientos de trabajo.
Están obligadas todas las personas físicas que residan en España y que obtengan por cualquier tipo de rendimiento de trabajo
(incluida la pensión) más de
22.000 euros anuales de un solo pagador, o más de 12.000 del primer pagador y más de 1.500 euros de la suma del segundo pagador y restantes.
Además, también es obligatoria la Declaración de IRPF para pensionistas que superen la cantidad de
12.000 euros por pensión compensatoria o por ayuda económica en alimentos.
En el caso de obtener ingresos por actividad económica, rendimiento del capital o íntegro del trabajo, se deberá presentar la Declaración de la Renta si se superan los
1.000 euros anuales o 500 euros en el caso de rendimientos patrimoniales.
Obligados a presentar Declaración de la Renta por rendimientos inmobiliarios.
En caso de ingresos por rendimiento inmobiliario o ganancias patrimoniales, se debe declarar cuando se superen los 1.600 euros anuales, así como por ingresos superiores a 1.000 euros anuales provenientes de rentas inmobiliarias imputadas, subvenciones para adquirir viviendas o por rendimientos derivados de la inversión en letras del tesoro.
Obligados a presentar Declaración de la Renta de Profesionales, Empresarios, Emprendedores y Autónomos en general.
La Declaración de la Renta de los autónomos es algo diferente a la de los asalariados, pensionistas y personas particulares. En el caso de los Emprendedores, y Autónomos, estarán obligados a presentar Declaración de la Renta, si han superado los
1.000 euros de ingresos en su conjunto general por todos los conceptos, o sus pérdidas patrimoniales son inferiores a
500 euros.
Estos límites también se aplicaran en el caso de autónomos que se encuentren dados de alta en Hacienda, y tengan que realizar dicha declaración de manera individual o conjunta.
Respecto a los obligados tributarios que vengan ejerciendo una
actividad Profesional o Empresarial como
Emprendedores o Autónomos, en todos los casos existentes, estarán obligados a presentar su declaración de renta por el ejercicio de la actividad que vengan desarrollando, la cual está sujeta a cumplir con todas las
obligaciones fiscales y contables, a que están sujetos, desde el momento en que se dan de
ALTA y declaran el inicio de su actividad en el censo correspondiente, Mdº. 036/037, teniendo que llevar a su vez los registros contables correspondientes de Ingresos y Gastos, así como liquidar los impuestos trimestrales que les pueda corresponder.
Obligados a presentar Declaración de la Renta por deducciones aplicadas.
Existe otro grupo de personas que tienen la obligación de hacer su declaración, cuando obtienen el derecho a las siguientes deducciones o reducciones :
- Por discapacidad y seguros de dependencia.
- Planes de pensiones, de previsión o mutualidades.
- Planes de prevención social empresarial.
- Doble imposición internacional.
Todos los casos y supuestos indicados anteriormente, son complejos y de difícil resolución y entendimiento para los no profesionales en esta materia, por lo que la mejor y más acertada decisión a tomar, es
contratar los servicios un buen Asesor fiscal en Madrid, consiguiendo con ello cumplir con tus obligaciones Tributarias, de manera eficaz y con la máxima garantía, obteniendo con ello la tranquilidad necesaria que te permita sentirte seguro del cumplimiento integro de tus compromisos y obligaciones fiscales, informándote por nuestra parte de manera profesional, si verdaderamente es necesario que efectúes y presentes tu declaración, de acuerdo a tus obligaciones e intereses, según los beneficios y ventajas que dentro de la Ley te puedas acoger, siendo nuestra Asesoría en Madrid, la que determinara e informara detalladamente en este caso y en todos, de las ventajas e inconvenientes de su presentación o no, para que decidas lo más conveniente a favor siempre de tus intereses y seguridad.