Las obligaciones tributarias y fiscales son una de las cosas más importantes que una empresa debe tener en cuenta de cara a evitar posibles sanciones.
En este sentido, algunas optan por delegar en una gestoría o asesoría externa. Otras, por el contrario, cuentan con su propio departamento contable.
Sea como fuere, una empresa siempre puede conocer su situación en la página oficial de la Agencia Tributaria.
Obligaciones tributarias que debe cumplir la empresa
Según la forma jurídica de la empresa, las obligaciones fiscales pueden variar. Por ello, siempre podemos consultar a un asesor legal y conocer las nuestras.
Sin embargo, existen algunas comunes que todas deben cumplir.
El Impuesto de Sociedades
Es aquel que grava cualquier beneficio de la sociedad mercantil durante el ejercicio. Se presenta de forma trimestral y anual.
El IVA
Uno de los más conocidos es el Impuesto sobre el Valor Añadido o IVA. Este es el que añadimos a la venta de bienes y servicios.
En este caso, se presenta con una declaración trimestral y también anual, antes del 31 de enero del siguiente ejercicio.
Con respecto al IVA, debemos diferenciar entre el soportado y el repercutido.
Es decir, los gastos de una empresa se podrán desgravar en la declaración, por lo que deducimos el IVA soportado del repercutido.
Retención de IRPF
Es también importante tener en cuenta la retención del IRPF, que se aplica a aquellas empresas con trabajadores a su cargo o que contratan profesionales independientes.
Se declara de forma trimestral a través del modelo 111 y se elabora un resumen anual a través del modelo 190.
El Impuesto de Actividades Económicas
Otra de las obligaciones fiscales a tener en cuenta es el IAE, de cumplimiento obligatorio para aquellas empresas con una cifra de negocio que supere el millón de euros anuales.
Este impuesto se paga el día 1 de enero de cada año, a no ser que se iniciara la actividad económica en ese mismo año.
Declaración de operaciones con terceros
Si hablamos de Sociedades Limitadas, aquellas que hayan tenido ingresos o gastos por más de 3.005,6 euros de un solo cliente en un año deben declararlo en el modelo 347.
En este caso, hablamos de una declaración a nivel informativo. Es decir, no implica pagar impuestos, pero sí es de carácter obligatorio.
Declaración de Operaciones Intracomunitarias
Algo similar sucede con este tipo de declaración. A pesar de no conllevar pago alguno, es otra obligación fiscal a tener en cuenta y que se debe cumplir.
Afecta a las empresas que lleven a cabo entregas o adquisiciones intracomunitarias y se presenta a través del modelo 349.
Esta declaración se puede presentar de forma mensual, trimestral o anual, según el tiempo en el que se hayan efectuado dichas operaciones.
La presentación de cuentas anuales
Las sociedades deben presentar las cuentas anuales en el Registro Mercantil, al contrario que las personas físicas o autónomos.
Aquí, se encuentran elementos como el Balance Anual, la Cuenta de Pérdidas y Ganancias, etc.
En cualquier caso, las cuentas de la sociedad se deben regir por la claridad, la exhaustividad y la fiabilidad.
Además, se presentan aunque la sociedad no esté en activo.
Cotizaciones a la Seguridad Social
Cuando una empresa contrata trabajadores, esto conlleva unos costes laborales. Entre ellos, destaca la cotización a la Seguridad Social.
Esta obligación fiscal no es un impuesto, pero la sociedad sí deberá hacerse cargo de una parte de dichas cotizaciones.
Aquí se incluyen las prestaciones por desempleo, accidentes laborales, enfermedades profesionales, formación profesional y contribución al Fondo de Garantía Salarial.
Comunicación de cambios en el domicilio fiscal y social
No podemos considerar esta como una obligación tributaria, pero es un requisito imprescindible el comunicar los cambios de domicilio fiscal.
Esto se realiza a través del modelo 036 y, en caso de pasarlo por alto, la empresa puede ser sancionada.
Si cambia el domicilio social, habrá que formalizarlo en la Escritura Pública, a través de la redacción de un nuevo artículo en los estatutos de la empresa.
Las obligaciones tributarias y fiscales de una Sociedad Limitada
En el caso de la Sociedad Limitada, esta debe cumplir con una serie de obligaciones fiscales desde el primer momento de su constitución.
Aunque no supongan pago alguno, son imprescindibles de cara a desarrollar la actividad.
Constituir y legalizar la sociedad
Este paso es primordial para poder tener la consideración de persona jurídica en la AEAT.
Podemos hacerlo solicitando un Código de Identificación Fiscal, que será provisional y que constará en la escritura de la sociedad.
Para darse de alta en el modelo 036, habrá que aportar la escritura de constitución de la sociedad para conseguir el CIF definitivo.
Depósito del capital social
Aunque no se trata de una obligación tributaria, la apertura de una cuenta y el depósito del capital social es uno de los deberes contables de la Sociedad Limitada.
Además, también hay que cumplir con la obligación de realizar y legalizar diferentes aspectos como los Libros Sociales, el Libro de Actas o el de Socios.